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TEXTO DEL PROYECTO CESIÓN DE LA PLAZA
PARA JUGAR LA LIGA URUGUAYA 2017/18
 
La FUBB distribuyó entre clubes las bases para reglamentar la licitación de plazas para competir en la Liga Uruguay 2017-18, lo que será considerado por el Consejo Superior el jueves 23.  Los equipos que ascienden y desistan de jugar el torneo mayor 2017/18 tendrán un plazo para anunciarlo a la FUBB. Los equipos en esas condiciones son Naciona, Bohemios y Larrañaga, este  último reiteradamante mencionado durante la última sesión de Liga, como dispuesto a ceder su plaza, aunque ningun club dijo haber estado en contacto con sus dirigentes. Los únicos equipos que - aparentemente solo por este año - podrán optar al licitar las plazas son los que desciendan: Cordón, Sayago y Olimpia o Unión Atlética.
     
   El texto establece las siguientes condiciones para este primer año para adjudicarse el puesto licitado: haber descendido en el actual torneo, (Olimpia o Unión Atlética, Sayago y Cordón) no registrar reclamos pendientes ante el Tribunal de Libre Deuda, no registrar atraso en sus obligaciones con la Tesorería de la FUBB, no registrar sanciones de pérdida de puntos en el último campeonato disputado o no mas de dos sanciones por  hechos de violencia  imputados a sus parciales, dirigentes o jugadores.
      El proyecto establece dos opciones para adjudicarse la plaza, sobre el cual deberán optar los clubes que integran el Consejo Superior:
 1 - Se fijará un precio base. Los clubes interesados presentarán una propuesta económica.  El club que presente la oferta mas alta resultará adjudicatario de la plaza.
 2 - Se establecerá un precio único, a determinar. Se establecerá un orden de prelación de los clubes descendidos según los puntos obtenidos en las posiciones finales de la LUB. El puesto será ofrecido al que ocupe el primer puesto y el club tendrá 48 horas para definir si acepta. En caso contrario se ofrecerá el puesto a los restantes respetando el orden de clasificación.
     La suma ofertada por concepto de la cesión de la plaza se distribuirá con un 18% a la FUBB y el resto será dividido en partes iguales, para el club que cede su puesto y la propia Liga Uruguaya.       Dentro de los 15 días posteriores a la adjudicación el club adjudicatario deberá depositar los porcentajes que corresponden a la Federación y a la Liga.       


TEXTO COMPLETO DEL COMUNICADO
 

BASES PARA REGLAMENTACIÓN 
1) DESISTIMIENTO DE PARTICIPACION

  • Los Clubes que obtengan el ascenso a la LUB, una vez culminada la competencia de la LUA, dispondrán de un plazo de 120 días contados a partir del partido final de este Torneo, para manifestar por escrito a la FUBB su decisión de participar en la LUB que le corresponda hacerlo, o de desistir de participar en la misma.
  • La falta de comunicación en el plazo indicado se interpretará como confirmación tácita de participación.
  • Si confirmara su participación, en forma tácita o expresa, y posteriormente desistiera de hacerlo, no odrá participar en la LUA siguiente, debiendo hacerlo en la DTA.
  • Si desistiera de participar en la LUB que le corresponda hacerlo, y lo comunicara en tiempo y forma, podrá participar en la siguiente LUA y su plaza en la LUB  será cedida en las condiciones que se establecen a continuación:

 

2) CONDICIONES PARA SER ADJUDICATARIO 
          Haber participado en el último campeonato oficial de la LUB (perdiendo la categoría en el mismo) 

·         Disponer de un estadio o gimnasio que cumpla con las exigencias de la LUB

·         No registrar reclamos pendientes ante el Tribunal de Libre de deuda

·         No registrar atrasos en el pago de sus obligaciones corrientes con la Tesorería de la FUBB

·         No registrar sanciones de perdida de puntos en el último campeonato que haya disputado, o mas de dos sanciones por agresiones o hechos de violencia imputados a su parcialidad, dirigentes o jugadores.

 

3) FORMA DE PAGO DE LA ADJUDICACIÓN

         La suma de dinero ofertada  por concepto de la cesión de la plaza en la LUB, luego de deducido el 18% de la FUBB,  será distribuida en un 50% al Club cedente y un 50% a la LUB.  Una vez adjudicada, el Club adjudicatario podrá acordar con el cedente la forma, y condiciones en que se le hará efectivo la suma que le corresponde.

·         Dentro de los quince días posteriores a la adjudicación , para la que misma quede confirmada, el Club adjudicatario deberá depositar en la FUBB el porcentaje que corresponde a la FUBB y a la LUB , y presentar un documento suscrito por las autoridades del Club cedente donde conste su acuerdo con la forma y oportunidad en que se cumplirá  con el pago del resto.

             ·         Si transcurridos los quince días, no se hubieran verificado alguna de las dos exigencias previstas en el artículo anterior, se considerará nula la adjudicación y se procederá a adjudicar la plaza conforme al orden de prelación establecido.

 4) PROCEDIMIENTO PARA ADJUDICAR LA PLAZA

OPCION 1: Dentro de los 15 días posteriores a la definición de los descensos en la LUB se convocará por parte de la FUBB a un procedimiento competitivo donde cada Club interesado deberá presentar, en un mismo acto,  en el día y la hora establecida una propuesta económica para que se le adjudique la plaza vacante en la siguiente LUB.

Se fijará para el procedimiento un precio base de XXXXXX
   El Club que presente la oferta económica mas alta resultará adjudicatario de la plaza, siempre que se verifiquen todas las condiciones exigidas, conformando un orden de prelación con las restantes ofertas en orden decreciente. 
   Podrán participar en el procedimiento los Clubes que cumplan con todas las condiciones y requisitos establecidos, los que serán verificados previos a la aceptación de las propuestas.- 

OPCION 2: Dentro de los 15 días posteriores a la definición de los descensos en la LUB,  se realizará por parte de la FUBB un procedimiento donde se le ofrecerá a los Clubes que hubieran descendido en la última LUB la posibilidad de ser adjudicatarios de las plazas vacantes, por renuncia de uno o mas Clubes a participar en la siguiente LUB. Se establecerá un precio único de XXXXX .

  • Se establecerá un orden de prelación con los Clubes descendidos conforme a los puntos  obtenidos en la tabla de posiciones final de la LUB , aplicando en caso de empate el Sistema FIBA.
  • Se ofrecerá la posibilidad de adjudicación en primer lugar al Club que se encuentre en primer lugar en la lista de prelación.
  • El Club dispondrá de un plazo de 48 horas para aceptar la propuesta o rechazarla. En este último caso , se realizará el ofrecimiento a los otros Clubes respetando el orden de prelación establecido. 

 

NOTA: 1)  Sin perjuicio de que se opte por un procedimiento u otro alternativo, en virtud de que en esta LIGA 2016/17 ya estarán definidos los descensos, se propone utilizar en esta primera oportunidad un procedimiento competitivo entre todos los Clubes descendidos.

2)  Para este año habría que aprobar una disposición transitoria, estableciendo una fecha límite diferente a la prevista de 120 días posteriores a la finalización de la LUA, ya que la misma ya está vencida. 



 

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