LARRE VS. LARRE: LA SANCIÓN
FUE
"DESPROPORCIONADA Y EXCESIVA"
El tribunal de libre deuda consideró que el club Larre Borges sancionó a
Francisco Larre Borges
porque este “no colmó las altas expectativas y
esperanzas” deportivas que se había depositado
en el jugador y por esa
razón ordenó a la institución a pagar las cuatro cuotas que restaban de
su
contrato del Metro 2009.
La sanción de rescindir unilateralmente el contrato
fue “desproporcionada y excesiva”, dijo el tribunal.
“Los testigos
ofrecidos por el propio club minimizaron y restaron importancia a ciertas
actitudes
resaltadas por el club como constitutivas de graves
incumplimiento”, dijo el fallo.
“Un bajo rendimiento deportivo no es
razón suficiente ni legitima para rescindir un contrato deportivo
(…) sin el
pago de la totalidad del contrato (pues) como a cualquier ser humano le
deben ser tolerados
momentos negativos de su rendimiento”.
Una alegada
agresión a un compañero fue considerada por el entrenador Juan Carlos Werstein en su
declaración ante el tribunal como “una situación común
entre deportistas”.
El técnico agregó que hubo actitud indisciplinaria
“no grave, no agresiones, no cambio de palabras”.
Otro testigo, el
preparador físico Roberto Salinas, dijo que “esperabamos más” del
jugador.
El tribunal sostuvo que “el club pasó de una primera
amonestación a una rescisión del contrato
sin pasar por ninguna de las
sanciones” establecidas en el reglamento de libre deuda.
Larre
Borges, que había pagado sólo una de cinco cuotas, deberá abonar “$43.999, sin perjuicio de
los descuentos que pudieran corresponder más
reajustes e intereses”.
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