LARRE VS. LARRE: LA SANCIÓN FUE
"DESPROPORCIONADA Y EXCESIVA"

  El tribunal de libre deuda consideró que el club Larre Borges sancionó a Francisco Larre Borges
porque este “no colmó las altas expectativas y esperanzas” deportivas que se había depositado
en el jugador y por esa razón ordenó a la institución a pagar las cuatro cuotas que restaban de
su contrato del Metro 2009.
  La sanción de rescindir unilateralmente el contrato fue “desproporcionada y excesiva”, dijo el tribunal.
  “Los testigos ofrecidos por el propio club minimizaron y restaron importancia a ciertas actitudes
resaltadas por el club como constitutivas de graves incumplimiento”
, dijo el fallo.
   “Un bajo rendimiento deportivo no es razón suficiente ni legitima para rescindir un contrato deportivo
(…) sin el pago de la totalidad del contrato (pues) como a cualquier ser humano le deben ser tolerados
momentos negativos de su rendimiento”.

   Una alegada agresión a un compañero fue considerada por el entrenador Juan Carlos Werstein en su
declaración ante el tribunal como “una situación común entre deportistas”.
   El técnico agregó que hubo actitud indisciplinaria “no grave, no agresiones, no cambio de palabras”.
   Otro testigo, el preparador físico Roberto Salinas, dijo que “esperabamos más” del jugador.
   El tribunal sostuvo que “el club pasó de una primera amonestación a una rescisión del contrato
sin pasar por ninguna de las sanciones”
establecidas en el reglamento de libre deuda.
  
Larre Borges, que había pagado sólo una de cinco cuotas, deberá abonar “$43.999, sin perjuicio de
los descuentos que pudieran corresponder más reajustes e intereses”.
 


 

 

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