Lo concerniente al basquetbol es lo siguiente:
«A partir del 5 de julio de 2021 quedan habilitados los partidos y torneos oficiales en el deporte amateur en espacios cerrados, individual o colectivo, en tanto cumplan las siguientes obligaciones:
A) se mantenga un aforo máximo equivalente al 45% de su capacidad máxima;
B) que cada persona no permanezca más de 1 (una) hora en el recinto;
C) no se utilicen los espacios destinados a vestuarios o a usos similares.
D) las personas físicas y jurídicas propietarias o administradoras de gimnasios o lugares cerrados donde se practique la actividad, hayan proporcionado los datos identificatorios (a través de la página web www.gub.uy/snd), y designado oficial de cumplimiento, todo conforme lo previsto por Resolución Nº 173/21 de 20 de mayo de 2021 del Secretario Nacional del Deporte.